Subsidios de Fonhapo

fonhapoEl Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares (Fonhapo), otorga subsidios a hogares en situación de pobreza patrimonial para que adquieran, construyan, amplíen y mejoren sus viviendas.

Apoyo a la Vivienda

A través del Programa de Apoyo a la Vivienda del FONHAPO, el gobierno federal otorga subsidios a los hogares mexicanos en situación de pobreza con ingresos por debajo de la línea de bienestar, con carencia de calidad y espacios de la vivienda, para que construyan, amplíen o mejoren sus viviendas.

Los beneficiarios del programa Vivienda Digna del FONHAPO son los hogares mexicanos en situación de pobreza con ingresos por debajo de la línea de bienestar, con carencia de calidad y espacios de la vivienda que requieren mejorar sus condiciones habitacionales.

Documentos que se deben presentar para solicitar un subsidio son:

  • Original para cotejo y entregar copia de la CURP, y original para cotejo y entregar copia de la CURP de su cónyuge.
  • Copia simple de constancia del domicilio en el que vive actualmente o constancia original expedida por parte de la autoridad local.
  • Documento firmado bajo protesta de decir la verdad de que no ha recibido subsidio para adquirir o comprar vivienda.
  • Si la acción de vivienda se realizará en el terreno del solicitante en ámbito urbano, presentar copia simple del último pago del impuesto predial; si el terreno está en ámbito rural, presentar copia del documento en el que las instancias ejecutoras acreditan la posesión legal del mismo.
  • En caso de edificación de vivienda, entregar certificado original de no propiedad del solicitante y de su cónyuge.
  • Para ampliar o mejorar vivienda, el solicitante y su cónyuge deben presentar un certificado original de la propiedad.
  • Llenar el Cuestionario Único de Información Socio económica (CUIS), que se le entregará en las oficinas en las que presentará su documentación.

El solicitante de un subsidio del Programa de Apoyo a la Vivienda debe acudir personalmente a las oficinas del gobierno estatal o del gobierno municipal, donde le darán mayor información y le proporcionarán el Cuestionario Único de Información Socio económica (CUIS), para que lo llene y firme.

El gobierno federal, a través del FONHAPO, aporta los recursos financieros del programa de Apoyo a la Vivienda, en el que también participan los gobiernos estatales y municipales con una aportación acorde con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa.

Además, los beneficiarios contribuyen con al menos 5% del valor de la acción en efectivo,o bien, si tienen las facultades físicas para hacerlo, cooperan con su propia mano de obra para construir, ampliar o mejorar su vivienda.

El Programa de Apoyo a la Vivienda tiene una cobertura nacional (opera en los 32 estados de la República).

Los tipos de apoyo y monto que otorga FONHAPO a los hogares beneficiarios son:

A partir de 48 y hasta 63 mil pesos para edificar una unidad básica de vivienda en el ámbito urbano y rural

  • De 15 a 20 mil pesos para ampliar una vivienda en zonas urbanas y rurales
  • De 10 a 15 mil pesos para mejorar la vivienda en zonas urbanas y rurales

Existen montos diferenciados para los municipios clasificados con un índice de alto o muy alto rezago social por el Consejo Nacional de Evaluación (CONEVAL). La solicitud para ser beneficiario del Programa de Apoyo a la Vivienda puede realizar durante todo el año. Sin embargo, ésta se evalúa de acuerdo con la fecha en que se recibe, y en el otorgamiento de los subsidios se concede prioridad a los siguientes solicitantes:

  • Los de mayor pobreza
  • Los que padecen alguna discapacidad o que tienen un dependiente económico discapacitado
  • Las madres o padres solteros
  • Los hogares cuyo jefe de familia es un adulto mayor de 60 años y más aun y cuando no tenga dependientes económicos
  • Los hogares con niños de hasta 14 años de edad
  • Jefa o Jefe de familia que forme parte del Registro Nacional de Víctimas de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Estos criterios no son excluyentes de la población objetivo considerada por el Programa, y constituyen herramientas para focalizar de mejor forma los recursos del mismo.

La instancia ejecutora, es decir, el gobierno estatal o el gobierno municipal, deberán dar respuesta al solicitante del subsidio 20 días naturales después que éste haya entregado su solicitud acompañada con el total de los documentos requeridos. En caso de no recibir respuesta en ese plazo se deberá entender que la solicitud no fue aceptada.

Vivienda Digna

A partir del 2016, los Programas de Vivienda Digna y Vivienda Rural se unificaron, dando origen al Programa de Apoyo a la Vivienda.

A través del programa Vivienda Digna del FONHAPO, el gobierno federal otorga subsidios a los hogares mexicanos en situación de pobreza con ingresos por debajo de la línea de bienestar, con carencia de calidad y espacios de la vivienda, para que construyan, amplíen o mejoren sus viviendas.

Los beneficiarios del programa Vivienda Digna del FONHAPO son los hogares mexicanos en situación de pobreza con ingresos por debajo de la línea de bienestar, con carencia de calidad y espacios de la vivienda que requieren mejorar sus condiciones habitacionales.

Documentos que se deben presentar para solicitar un subsidio del programa Vivienda Digna son:

  • Original para cotejo y entregar copia de la CURP, y original para cotejo y entregar copia de la CURP de su cónyuge.
  • Copia simple de constancia del domicilio en el que vive actualmente o constancia original expedida por parte de la autoridad local.
  • Documento firmado bajo protesta de decir la verdad de que no ha recibido subsidio para adquirir o comprar vivienda.
  • Si la acción de vivienda se realizará en el terreno del solicitante en ámbito urbano, presentar copia simple del último pago del impuesto predial; si el terreno está en ámbito rural, presentar copia del documento en el que las instancias ejecutoras acreditan la posesión legal del mismo.
  • En caso de adquisición o edificación de vivienda, entregar certificado original de no propiedad del solicitante y de su cónyuge.
  • Para ampliar o mejorar vivienda, el solicitante y su cónyuge deben presentar un certificado original de la propiedad.
  • Llenar el Cuestionario Único de Información Socio económica (CUIS), que se le entregará en las oficinas en las que presentará su documentación.

El solicitante de un subsidio del programa Vivienda Digna debe acudir personalmente a las oficinas del gobierno estatal o del gobierno municipal, donde le darán mayor información y le proporcionarán el Cuestionario Único de Información Socio económica (CUIS), para que lo llene y firme.

El gobierno federal, a través del FONHAPO, aporta los recursos financieros del programa Vivienda Digna, en el que también participan los gobiernos estatales y municipales con una aportación acorde con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa.

Además, los beneficiarios contribuyen con al menos 5% del valor de la acción en efectivo, o bien, si tienen las facultades físicas para hacerlo, cooperan con su propia mano de obra para construir, ampliar o mejorar su vivienda.

El programa Vivienda Digna tiene una cobertura nacional (opera en los 31 estados de la República y en el Distrito Federal).

Los tipos de apoyo y monto que otorga FONHAPO a los hogares beneficiarios son:

  • A partir de 40 y hasta 53 mil pesos para edificar una unidad básica de vivienda en el ámbito urbano y rural
  • De 15 a 20 mil pesos para ampliar una vivienda en zonas urbanas y rurales
  • De 10 a 15 mil pesos para mejorar la vivienda en zonas urbanas y rurales

Existen montos diferenciados para los municipios clasificados con un índice de alto o muy alto rezago social por el Consejo Nacional de Evaluación (CONEVAL). La solicitud para ser beneficiario del programa Vivienda Digna puede realizar durante todo el año. Sin embargo, ésta se evalúa de acuerdo con la fecha en que se recibe, y en el otorgamiento de los subsidios se concede prioridad a los siguientes solicitantes:

  • Los de mayor pobreza
  • Los que padecen alguna discapacidad o que tienen un dependiente económico discapacitado
  • Las madres solteras
  • Los hogares cuyo jefe de familia es un adulto mayor de 60 años y más
  • Los hogares con niños de hasta 14 años de edad

La instancia ejecutora, es decir, el gobierno estatal o el gobierno municipal, deberán dar respuesta al solicitante del subsidio 20 días naturales después que éste haya entregado su solicitud acompañada con el total de los documentos requeridos. En caso de no recibir respuesta en ese plazo se deberá entender que la solicitud no fue aceptada.

Vivienda Rural

A partir del 2016, los Programas de Vivienda Digna y Vivienda Rural se unificaron, dando origen al Programa de Apoyo a la Vivienda.

A través del programa Vivienda Rural del Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares (FONHAPO), el Gobierno Federal otorga subsidios para que los hogares mexicanos en zonas rurales, en situación de pobreza con ingresos por debajo de la línea de bienestar, con carencia de calidad y espacios de la vivienda, para que adquieran, construyan, amplíen o mejoren sus viviendas.

Los beneficiarios del programa Vivienda Rural del FONHAPO son los hogares mexicanos en situación de pobreza con ingresos por debajo de la línea de bienestar, con carencia de calidad y espacios de la vivienda, ubicados en localidades rurales de hasta 5 mil habitantes, clasificadas con un grado de marginación alto o muy alto por el Consejo Nacional de Población (CONAPO), que requieren mejorar sus condiciones habitacionales.

Documentos que se deben presentar para solicitar un subsidio del programa Vivienda Rural son:

  • Original para cotejo y entregar copia de identificación oficial.
  • Original para cotejo y entregar copia de la CURP y original para cotejo y presentar copia de la CURP de su cónyuge.
  • Acreditar residencia con constancia original expedida por la autoridad agraria o local que acredite que el solicitante ha vivido en la localidad al menos dos años.
  • Copia simple de la documentación que acredite la propiedad o tenencia legítima del terreno en el que se llevará a cabo la acción de vivienda.
  • Llenar el Cuestionario Único de Información Socioeconómica (CUIS), que se le entregará en las oficinas en las que presentará su documentación.
  • El solicitante de un subsidio del programa Vivienda Rural debe acudir personalmente sin necesidad de pertenecer a ninguna Organización Civil, a las oficinas del gobierno estatal, del gobierno municipal o de la Delegación de SEDATU, donde le darán mayor información y le proporcionarán el Cuestionario Único de Información Socioeconómica (CUIS), para que lo llene y firme.

El gobierno federal, a través del FONHAPO, aporta los recursos financieros del programa Vivienda Rural, en el que también participan los gobiernos estatales y municipales con una aportación acorde con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa 2013, así como empresarios del sector agropecuario, asociaciones civiles y organismos privados.

Además, los beneficiarios contribuyen con al menos 5% del valor de la acción en efectivo, o bien, si tienen las facultades físicas para hacerlo, cooperan con su propia mano de obra para construir, ampliar o mejorar su vivienda.

El programa Vivienda Rural tiene una cobertura nacional (opera en las 32 Entidades Federativas).

Los tipos de apoyo y monto que otorga FONHAPO a los hogares beneficiarios son:

  • A partir de 40 y hasta 53 mil pesos para adquirir o edificar una unidad básica de vivienda en el ámbito rural.
  • De 15 a 20 mil pesos para ampliar una vivienda en zona rural.
  • De 10 a 15 mil pesos para mejorar la vivienda en zona rural.

Existen montos diferenciados para los municipios clasificados por el CONEVAL como de alto y muy alto rezago social.

La solicitud para ser beneficiario del Programa “Vivienda Rural” puede realizarla a mas tardar el ultimo día hábil de Abril. Sin embargo, ésta se sujeta a la disponibilidad presupuestal del ejercicio fiscal en curso, y para el otorgamiento de los subsidios se concede prioridad a los solicitantes de acuerdo a lo siguiente:

Criterios de priorización para grupos vulnerables:

  • Los de mayor pobreza.
  • Los que padecen alguna discapacidad o que tienen un dependiente económico discapacitado.
  • Las madres solteras.
  • Los hogares cuyo jefe de familia es un adulto mayor de 60 años y más.
  • Los hogares con niños de hasta 14 años de edad.

La instancia ejecutora, es decir, el gobierno estatal, el gobierno municipal o la Delegación de SEDATU, deberán dar respuesta al solicitante de un subsidio 20 días naturales después que éste haya entregado su solicitud acompañada con el total de los documentos requeridos. En caso de no recibir respuesta en ese plazo se deberá entender que la solicitud no fue aceptada.

Fondo Nacional de Garantías a la Vivienda Popular (FONAGAVIP)

El Fondo Nacional de Garantías para la Vivienda Popular (FONAGAVIP), es un programa de garantías que mediante la participación de diferentes actores, tanto públicos como privados, logrará potenciar los limitados recursos disponibles buscando incrementar el otorgamiento de microcréditos para vivienda a las familias de menores ingresos, que por su condición económica reciben poco financiamiento y a tasas de interés muy altas.

El Fondo se constituirá con recursos propios del FONHAPO, con un patrimonio inicial de $400 millones, que garantizará un fondeo de al menos $4,000 millones en fondeo de crédito otorgado por entidades financieras públicas que actúan como Banca de Segundo Piso.

Los productos de crédito que pueden ser sujetos de garantía son:

  • Autoproducción. Destinado a apoyar el proceso de construcción y distribución de vivienda bajo el control directo de los usuarios de forma individual o colectiva. Puede desarrollarse a través de la contratación de terceros o por medio de procesos de autoconstrucción.
  • Mejoramiento. Destinado a apoyar los procesos de mejoramiento y ampliación de vivienda.

Ambos créditos se deberán otorgar con una tasa de interés anual de hasta el 30%, y a un plazo de hasta 5 años para autoproducción y de hasta 3 años para mejoramiento.

Para potenciar los recursos disponibles, a cada crédito se deberá sumar el máximo subsidio posible de la Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI), y una aportación, es decir, ahorro, del beneficiario.

La población objetivo del FONAGAVIP son los jefes o jefas de familia no asalariados, mayores de 18 años o menores de edad emancipados, con ingresos individuales o familiares de hasta 5 veces el salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal. Se dará prioridad a aquellos que habitan en poblaciones clasificadas con un grado de marginación alto o muy alto por el Consejo Nacional de Población (CONAPO).

Los créditos para autoproducción de vivienda asistida, sólo serán otorgados a familias y/o personas que no posean una vivienda en propiedad. En los casos de ampliación y mejoramiento de vivienda, se requiere una vivienda con posesión legal del solicitante o aval del crédito.

Requisitos técnicos

Con la asesoría de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio de la Secretaría de Desarrollo Social, el Fonhapo estableció los requisitos técnicos indispensables que de manera obligada deberán cubrir las viviendas nuevas que se construyan al amparo del Fonagavip, las cuales, invariablemente, deberán realizarse con la asistencia técnica de alguna desarrolladora social de vivienda acreditada por la Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI) o por una agencia desarrolladora de vivienda certificada por la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF).

Distribución de funciones FONHAPO

  • Otorga y opera la Garantía
  • Determina la población objetivo
  • Determina los requisitos técnicos

Fondeadores: son las Instituciones Financieras Públicas que, actuando como Banca de Segundo Piso, fondean a Instituciones Financieras Privadas, para que estas a su vez canalicen los recursos por mecanismos de crédito a la población objetivo que califique para tal efecto. Los autorizados para este programa son: la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF), la Financiera Rural y Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA).

Otorgan fondeo a las Instituciones Financieras Privadas interesadas en contratar el servicio de garantía
Acreditan a los Intermediarios Financieros (IF) como Dispersores.

Realizan el análisis financiero y crediticio de los IF para otorgarles líneas de crédito a través de modelos tradicionales de evaluación crediticia.

Monitorean el comportamiento de los IF y su cartera.

Dispersores: Son Intermediarios Financieros Privados que a través de microcréditos dispersan recursos obtenidos de Fondeadores hacia la población objetivo, es decir, actúan como Banca de Primer Piso.

Realizan los trámites necesarios para recibir recursos de los fondeadores.

Califican con modelos especializados de otorgamiento de microcrédito a los acreditados finales del programa.

Monitorean el comportamiento de su cartera.

La atención directa de los acreditados se realizará a través de los Dispersores acreditados por los Fondeadores.

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