El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) analiza la posibilidad de otorgar créditos conyugales a matrimonios entre personas del mismo sexo.
Si bien no hay impedimento legal para ello, el organismo tendría que hacer algunas adecuaciones muy sencillas al sistema, “no hay razón por qué no, la ley simplemente dice conyugal”, sobre el otorgamiento de este tipo de crédito.
A diferencia de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que tuvo que reformarse para dar seguridad social a los matrimonios entre parejas del mismo sexo, en el caso del Ley del Infonavit no se requiere ninguna reforma legal para darles crédito de vivienda, “es un tema administrativo”.
Una vez cumplidos ciertos requisitos como contar con el puntaje requerido (116 puntos), el organismo solicita una serie de documentos para obtener un crédito hipotecario mediante un crédito conyugal, pero sin especificar el sexo de las parejas.
Los requisitos son:
- Acta de nacimiento certificada del cónyuge (original y copia)
- Identificación oficial del cónyuge: (INE/IFE) o pasaporte vigentes, en original y copia
- Acta de matrimonio (original y copia)
Desde el organismo insisten en que cualquier matrimonio entre parejas del mismo sexo podría solicitar al Infonavit un crédito conyugal, y por ahora el organismo investiga si anteriormente ha habido casos en lo que se haya rechazado alguna solicitud al respecto, en caso que se haya presentado algún acto de discriminación.