Ley del Infonavit

El pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los Artículos 39, 44 y 55 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit).

Esta reforma a favor de los trabajadores, sustituye el salario mínimo por la nueva Unidad de Medida y Actualización (UMA), que fungirá cono unidad de cuenta, índice, base, medio o referencia para las obligaciones y supuestos del Sistema Jurídico Nacional.

Esta reforma, permitirá evitar que si hay alta inflación no se amenace la estabilidad financiera del Instituto y beneficiará a más de 18 millones de trabajadores activos que cotizan en todo el territorio nacional.

Esta reforma tuvo por objeto evitar que el salario mínimo se mantuviera como la unidad de cuenta a nivel nacional, situación que limitaba su incremento por estar indexado a diversos montos, a cuotas en la legislación tanto federal como local.

Desde el Infonavit sostienen que los cambios beneficiarán a los trabajadores, al dotarlos de mejores herramientas para el acceso a un patrimonio.

El Infonavit hace patente su reconocimiento al Senado de la República por la aprobación de las reformas efectuadas a los artículos 39, 44 y 55 de la Ley del Instituto.

Las reformas refuerzan el mandato del Instituto en el sentido de preservar y mejorar el rendimiento de la subcuenta de vivienda de los trabajadores, con la mayor seguridad y transparencia, preservando la viabilidad financiera del Infonavit.

Asimismo, las modificaciones están orientadas a eliminar de los créditos hipotecarios la base en “salarios mínimos” y sustituirla por la Unidad de Medida y Actualización (UMA), con objeto de que el pago de los créditos esté acorde a las nuevas circunstancias, manteniendo al mismo tiempo la congruencia entre activos y pasivos.

Esta reforma de ley, otorgará beneficios a los trabajadores en dos sentidos: por un lado, los dota con mejores herramientas para acceder a un patrimonio y por el otro, les brinda la posibilidad de trasladar los recursos de su subcuenta de vivienda a su fondo de retiro, recibiendo más para su pensión.

 

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